Registro electrónico
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Autorizaciones de quemas agrícolas

Solicitud de autorización de crema de rastrojos en el término municipal


Finalidad

Concesión de la autorización para la quema de restos agrícolas

Quien lo puede presentar

Personas físicas y jurídicas

Plazos de presentación

Previamente a la realización de la quema debe contactar con la policía local de Vila-real vía correo electrónico a la siguiente dirección: policia@vila-real.es (5 días antes de la realización de la quema). si ocurre variación de nivel de riesgo (previfoc) o por motivos meteorológicos y la quema se suspende, esta autorización se amplía automáticamente a 7 días desde el día solicitado.

Presentación

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Órgano gestor

Gestión Administrativa, Policía Local y Medio Ambiente

Plazo de resolución

3 meses.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la orden de ejecución, o bien, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, con la advertencia de que este último no se podrá interponer hasta la resolución expresa o la desestimación presunta del de reposición, todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso, en su caso que se estime procedente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 40.2, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Normativa básica

Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana de Vila-real.

Normativa autonómica de la Generalitat Valenciana.

Pago de tasas

No.

Información Adicional

La autorización para la realización de la quema de rastrojos está condicionada a las pautas que establezca la Generalitat Valenciana a través de PREVIFOC, de forma que aún cumpliendo los condicionantes estipulados se puede proceder en última instancia a la anulación de la autorización por parte de la Policía Local.

Documentación relacionada

Nivel de identificación del solicitante

Alto:Acceso mediante sistema Cl@ve

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud
Acreditar la representación, en su caso
Plano de emplazamiento