Finalidad
Resolver reclamaciones y/o recursos derivados de los precios públicos municipales.
Quien lo puede presentar
1º Los sujetos pasivos y, en su caso, los responsables de los tributos, así como los obligados a efectuar el ingreso de derecho público de que se trate.
2º Cualquier otra persona cuyos intereses legítimos y directos resulten afectados por el acto administrativo de gestión.
Plazos de presentación
El recurso de reposición se interpondrá dentro del plazo de un mes contando desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión se solicita o al finalización del periodo de exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes u obligados al pago.
Presentación
Ayuntamiento de Vila-real
Órgano gestor
Gestión Tributaria
Plazo de resolución
El recurso será resuelto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su presentación.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Recursos
Si la resolución lo es del recurso de reposición del artículo 14.2 del TRLHL es desestimatoria, podrá presentarse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castellón en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución si es expresa. Si la resolución es presunta, el plazo será de 6 meses desde que se produzca el acto presunto.
Normativa básica
Ordenanza General reguladora de Precios Públicos de Vila-real.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Pago de tasas
No
Información Adicional
Instancia general
Nivel de identificación del solicitante
Documentación a aportar
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