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Reclamaciones a Catastro


Finalidad

Remisión a la GTC de reclamaciones por discrepancias en datos catastrales o impugnaciones de valores catastrales

Quien lo puede presentar

Sujeto pasivo del IBI, titular catastral o persona autorizada

Plazos de presentación

En recursos, los establecidos en la normativa catastral

Presentación

Solamente de manera presencial en el Ayuntamiento de Vila-real

Órgano gestor

Estadística - Catastro

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Recurso de alzada del artículo 54 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario.

Normativa básica

Convenio de fecha 13/07/1998 entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro) y el Ayuntamiento de Vila-real, de colaboración en materia de gestión catastral.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Pago de tasas

No.

Información Adicional

Nivel de identificación del solicitante

Alto:Acceso mediante sistema Cl@ve

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud
Solicitud de certificado de equivalencia entre inmueble catastral y registral
Escritura de propiedad o nota simple registral
Escritura de propiedad o nota simple registral donde se describa el inmueble con sus características (superficies, linderos, situación y titularidad).
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