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Licencia de obra menor

Licencias de obras menores


Finalidad

Aquellas obras de sencillez técnica, no sujetas a declaración responsable (artículo 214 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana): el levantamiento de muros de fábrica y el vallado; la instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares y la colocación de antenas o dispositivos de comunicación de cualquier clase y la reparación de conducciones en el subsuelo, que no estén en suelo urbano y aquellas que estando en suelo urbano afecten al dominio público.

Quien lo puede presentar

Persona física o jurídica.

Plazos de presentación

En cualquier momento.

Presentación

Ayuntamiento de Vila-real.

Órgano gestor

Urbanismo

Plazo de resolución

Dos meses desde la entrega en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de la documentación completa, o tres meses si las obras afectan a edificio catalogado o en trámite de catalogación.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo dictó, o bien, en el plazo de dos meses recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, con la advertencia de que este último no se podrá interponer hasta la resolución expresa o la desestimación presunta del de reposición, todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso, en su caso, que estime procedente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 40.2, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Normativa básica

  • Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
  • Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana.
  • Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
  • Normas Urbanísticas del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Vila-real.

 

Pago de tasas

Si, tasa Municipal e Impuesto previamente a la solicitud.

Información Adicional

Silencio administrativo positivo/estimatorio: en los supuestos del artículo 214.2 h) y l) de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (levantamiento de muros de fábrica y vallado y ejecución de obras e instalaciones que afecten al subsuelo).

Toda la documentación técnica, redactada por técnico competente, deberá aportarse en soporte digital: CD ó USB.

Documentación relacionada

Nivel de identificación del solicitante

Alto:Acceso mediante sistema Cl@ve

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud licenca de obra menor
Solicitud licencia de obra menor
Copia del NIF o CIF del solicitante (*)
Justificante del pago de las tasas municipales e impuesto municipal por autoliquidación.
Descripción de las obras.
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